Beneficiario final y más control electrónico
A mitad de año, la agenda tributaria en Perú se concentra en la transparencia societaria y el control digital. Esto es lo que conviene tener resuelto en agosto.
Declaración de beneficiario final: plazos hasta noviembre
Las personas jurídicas y entes constituidos en el país deben presentar la declaración de beneficiario final, con plazos que se extienden entre julio y noviembre de 2026 según el nivel de ingresos netos. Es una obligación clave para garantizar transparencia y prevenir el lavado de activos.
Para muchas empresas, agosto es el mes para preparar o presentar esta declaración. Dejarla para el último tramo suele complicar la obtención de la información societaria requerida.
La UIT en S/ 5.500 encarece cada multa
La UIT 2026 quedó fijada en S/ 5.500. Como gran parte de las sanciones de la SUNAT y la SUNAFIL se expresan en múltiplos de la UIT, el costo de cualquier incumplimiento subió de forma automática. Revisar la parametrización de los sistemas con este valor sigue siendo prioritario.
SIRE y obligaciones mensuales
El Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) sigue ampliando obligados, y los cruces automáticos de la SUNAT son cada vez más rápidos. En paralelo, las obligaciones mensuales de IGV e IR vencen según el último dígito del RUC. Mantener la información contable ordenada y una tesorería previsora es lo que evita multas por extemporaneidad.
Para tener en cuenta
En agosto, la prioridad es doble: presentar a tiempo el beneficiario final y mantener la información al día para que los cruces electrónicos no encuentren inconsistencias.



















